Investigación en responsabilidades ley karin

¿Quién investiga en la Ley Karin?

Una de las preguntas más recurrentes tanto en trabajadores como en empleadores es quién tiene la responsabilidad de investigar una denuncia de acoso o violencia laboral en el marco de la Ley 21643, Ley Karin.

Si bien muchos asumen que solo abogados pueden llevar a cabo estas investigaciones, la realidad es que la ley permite que distintos actores intervengan en el proceso, dependiendo de la organización y los profesionales que tenga preparados para ello. En este artículo, explicaremos qué dice la Ley Karin sobre la investigación de denuncias, quiénes pueden realizarla y qué factores deben considerarse para garantizar un proceso justo, imparcial y transparente.

¿Qué exige la Ley Karin sobre la investigación de denuncias?

La Ley Karin establece que toda denuncia de acoso o violencia laboral debe ser investigada de manera objetiva, imparcial y sin represalias. Esto significa que la empresa no puede ignorar ni desestimar una denuncia sin un análisis adecuado.

Obligaciones clave en la investigación:

  • Debe realizarse en el plazo legal.
  • Debe garantizar la confidencialidad del denunciante y los testigos.
  • Debe ser llevada a cabo por personas imparciales y con conocimientos en la materia.
  • Deben tomarse medidas de resguardo para proteger a las partes involucradas durante el proceso.

Importante: La falta de una investigación adecuada puede exponer a la empresa a sanciones por incumplimiento de la Ley Karin, además de dañar su clima organizacional y su reputación.

¿Quién puede investigar las denuncias bajo la Ley Karin?

La ley establece tres opciones principales para la investigación de denuncias:

1. Investigación interna (realizada por la empresa)

La empresa puede designar un equipo interno para realizar la investigación. En este caso, deben elegirse personas capacitadas, imparciales y sin conflictos de interés.

Ventajas:

  • Permite una respuesta rápida dentro de la organización.
  • Puede reducir algunos costos al no depender de consultores externos.
  • Favorece la confianza si la empresa tiene un equipo capacitado y transparente.

Desventajas:

  • Puede generar desconfianza si los trabajadores sienten que la empresa no será imparcial.
  • Si el equipo no está capacitado, la investigación puede ser deficiente y generar futuras demandas.
  • Si las investigaciones requieren de mucho tiempo, y el investigador no se dedica exclusivamente a investigar dentro sus actividades del día a día en la empresa (tiene otras funciones operacionales adicionales), los costos de la operación pueden verse aumentados y los procesos, ralentizados, entre otros costos ocultos.

2. Investigación externa (terceros contratados por la empresa)

Muchas empresas prefieren contratar profesionales externos para investigar las denuncias, asegurando mayor imparcialidad y rapidez.

Ventajas:

  • Mayor imparcialidad y credibilidad ante los trabajadores.
  • Más experiencia en técnicas de entrevista e investigación.
  • Menor riesgo de conflictos de interés dentro de la empresa.
  • No existen costos ocultos para la operación de la empresa.

Desventajas:

  • Algunos trabajadores pueden sentirse intimidados por abogados en el proceso.

3. Investigación realizada por la Dirección del Trabajo (DT)

El denunciante puede recurrir directamente a la Dirección del Trabajo (DT) para solicitar realizar una denuncia, lo que implica que la DT deberá realizar la investigación correspondiente del caso.

Ventajas:

  •  Se asegura una investigaciónsin interferencia de la empresa.

Desventajas:

  • El proceso puede tardar más tiempo que una investigación interna o externa.
  • Puede generar tensiones entre el denunciante y la empresa.

¿Cómo generamos confianza en el proceso de investigación?

Una de las mayores dificultades en la investigación de denuncias es que los trabajadores desconfían del proceso o sienten que si los llama un abogado, ya son “culpables” o que se les presiona con posibles acciones legales. Para evitar esto, la empresa debe:

  • Explicar claramente el proceso a todos los trabajadores antes de que ocurra un caso.
  • Garantizar la imparcialidad del investigador, sea interno o externo.
  • Evitar tonos intimidantes en las entrevistas.
  • Proteger la confidencialidad de quienes participan en la investigación.
  • Asegurar que la investigación concluya con medidas concretas.

La Ley Karin no exige que las investigaciones sean lideradas por un tipo de profesional en particular, sino que establece que deben ser objetivas, imparciales y transparentes, con personas preparadas en el tema.

Hace ya unos meses hicimos una encuesta en RRSS consultando lo siguiente: Si te vieses involucrado en una investigación interna de acoso laboral o sexual, ¿Quién crees debiera realizar las entrevistas?, las opciones eran;

  • a) el abogado de la empresa,
  • b) un abogado externo,
  • c) una jefatura no involucrada en el caso,
  • d) un profesional interno,
  • e) un experto externo,
  • f) la Dirección de Trabajo.

Para nuestra sorpresa, ya que pensábamos que la distribución estaría más balanceada, los resultaron nos mostraron claramente que el 86% de quienes respondieron la encuesta eligieron la opción del experto externo, el 10% la Dirección del Trabajo y un 4% un profesional interno.

Aclarada la situación, sabemos entonces que las empresas pueden optar por investigaciones internas, externas o a través de la Dirección del Trabajo, dependiendo de su elección y/o estructura. Sin embargo, lo más importante es que los procesos sean claros, confiables y efectivos, para evitar sanciones y mejorar el clima organizacional.

En ILIA Consultores, hemos trabajado con estos temas hace más de 13 años, asesorando, capacitando e investigando casos de distintas complejidades, ayudamos a las empresas a diseñar protocolos de investigación eficaces, capacitar a equipos internos de investigación y brindar asesoría en casos de acoso o violencia laboral.

Si quieres garantizar que las investigaciones en tu organización sean confiables y alineadas con la Ley Karin, contáctanos y fortalezcamos juntos la cultura de prevención y justicia en tu empresa.