Canal de Denuncias de Violencia Acoso Laboral y Sexual

De acuerdo a la Ley 21.643 relacionada con la prevención, investigación, y sanción del acoso laboral, sexual o de violencia en el trabajo, conocida como Ley Karin, toda persona trabajadora tiene derecho a realizar una denuncia por acoso laboral, acoso sexual y/o violencia en el trabajo, y las empresas tienen la obligación de disponer canales de denuncia para que quien así lo estime necesario, realice el proceso sin inconvenientes.

La persona afectada por alguno de estos hechos, podrá realizar su denuncia de forma verbal o escrita, ante el empleador o ante la Dirección del Trabajo de manera presencial o electrónica, debiendo recibir un comprobante de la gestión realizada.

En caso de realizar la denuncia en forma verbal, la persona que la recibe deberá levantar un acta con los contenidos señalados, de la cual entregará copia a la persona denunciante timbrada, fechada y con indicación de la hora de presentación.

Al realizar la denuncia ante el empleador, este deberá informar a la persona denunciante que la empresa podrá iniciar una investigación interna o derivarla a la Dirección del Trabajo.

Los canales de denuncia pueden ser variados, dependerá de cada empresa qué medio y cómo lo implemente.  

Como parte de nuestro servicio integral de la prevención del acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo, ponemos a disposición de las empresas nuestro canal de denuncias y la gestión de casos los presentados. 

Contáctenos para conocer los alcances del servicio y más información.

denuncias por acoso laboral